viernes, 5 de febrero de 2016

ACCIONES BANKIA. RECLAMAR AUN ES POSIBLE.

La sentencia del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2016,  abre la puerta para  aquellos accionistas  de Bankia que adquirieron títulos  en la OPV. Muchos han sido los afectados ,  pero a pesar de que muchas son las demandas que tenemos en los Juzgados, pequeños inversores temerosos de cual  podía ser finalmente a postura del Tribual Supremo al respecto aún no han demandado.

Ahora se abre una nueva etapa de posibilidades aunque, a mi entender  con un plazo bastante reducido.

La ley contempla un plazo de cuatro años para reclamar la nulidad de un contrato ( en este caso suscripción de acciones), desde que se tuvo conocimiento   del daño sufrido, pero aquí es donde pueden haber dudas, ¿pudo conocerse el daño  cuando se reformularon las cuentas  (mayo de 2012) o cuando se hizo el contrasplit  (mayo de 2013)?.Yo entiendo que  la primera opción es la más correcta.

También puede plantearse la acción de indemnización de daños y perjuicios  derivados de la falsedad del folleto informativo, aquí el plazo seria de tres  años  a contar desde que se tuvo constancia de que dicho folleto estaba falseado 3 de diciembre de 2014, por lo que el plazo  para reclamar sería 3 de  diciembre de 2017.

En todo caso lo cierto es a mi entender que estudiando los casos concretos y la viabilidad de una acción u otras, es como mejor se puede tomar una decisión que entiendo no se puede demorar.